Buscar este blog

miércoles, 17 de junio de 2020

LEY DE DELITOS INFORMÁTICOS.

Las últimas tecnologías  han revolucionado nuestro día a día. Nos han permitido comunicarnos de manera casi inmediata,hacer trabajos desde nuestras casas, compartir ideas, comprar cosas

Conocer la normatividad en el uso de plataformas,  programas,  aplicaciones informáticas, es de suma importante, ya que así evitamos cometer delitos que nos causen daño a nosotros mismos o a otras personas, empresas o entidades.


LEY DE DELITOS INFORMÁTICOS EN COLOMBIA 
Fuente: https://docentesistemas.webnode.es/
La Ley 1273 de 2009 (Ley colombiana de delitos informáticos) ayuda a prevenir conductas inapropiadas del uso de herramientas informáticas de forma judicial y penal. Dichas conductas son: 

Artículo 269A: Acceso abusivo a un sistema informático. El que, sin autorización o por fuera de lo acordado, acceda en todo o en parte a un sistema informático protegido o no con una medida de seguridad, o se mantenga dentro del mismo en contra de la voluntad de quien tenga el legítimo derecho a excluirlo. 

Artículo 269B: Obstaculización ilegítima de sistema informático o red de telecomunicación. El que, sin estar facultado para ello, impida u obstaculice el funcionamiento o el acceso normal a un sistema informático, a los datos informáticos allí contenidos, o a una red de telecomunicaciones. 

Fuente: https://sites.google.com/site/unicesarlegislacion/
Artículo 269C: Interceptación de datos informáticos. El que, sin orden judicial previa intercepte datos informáticos en su origen, destino o en el interior de un sistema informático, o las emisiones electromagnéticas provenientes de un sistema informático que los transporte. 

Artículo 269D: Daño Informático. El que, sin estar facultado para ello, destruya, dañe, borre, deteriore, altere o suprima datos informáticos, o un sistema de tratamiento de información o sus partes o componentes lógicos. 


Fuente: https://ozonocomunicacion.com/
Artículo 269E: Uso de software malicioso. El que, sin estar facultado para ello, produzca, trafique, adquiera, distribuya, venda, envíe, introduzca o extraiga del territorio nacional software malicioso u otros programas de computación de efectos dañinos. 

Artículo 269F: Violación de datos personales. El que, sin estar facultado para ello, con provecho propio o de un tercero, obtenga, compile, sustraiga, ofrezca, venda, intercambie, envíe, compre, intercepte, divulgue, modifique o emplee códigos personales, datos personales contenidos en ficheros, archivos, bases de datos o medios semejantes. 

Artículo 269G: Suplantación de sitios web para capturar datos personales. El que con objeto ilícito y sin estar facultado para ello, diseñe, desarrolle, trafique, venda, ejecute, programe o envíe páginas electrónicas, enlaces o ventanas emergentes. 
En la misma sanción incurrirá el que modifique el sistema de resolución de nombres de dominio, de tal manera que haga entrar al usuario a una IP diferente en la creencia de que acceda a su banco o a otro sitio personal o de confianza, siempre que la conducta no constituya delito sancionado con pena más grave. 
La pena señalada en los dos incisos anteriores se agravará de una tercera parte a la mitad, si para consumarlo el agente ha reclutado víctimas en la cadena del delito. 

Artículo 269H: Circunstancias de agravación punitiva: Las penas imponibles de acuerdo con los artículos descritos en este título, se aumentarán de la mitad a las tres cuartas partes si la conducta se cometiere: 
  • Sobre redes o sistemas informáticos o de comunicaciones estatales u oficiales o del sector financiero, nacionales o extranjeros.
  • Por servidor público en ejercicio de sus funciones.
  • Aprovechando la confianza depositada por el poseedor de la información o por quien tuviere un vínculo contractual con este.
  • Revelando o dando a conocer el contenido de la información en perjuicio de otro.
  • Obteniendo provecho para sí o para un tercero.
  • Con fines terroristas o generando riesgo para la seguridad o defensa nacional.
  • Utilizando como instrumento a un tercero de buena fe.
  • Si quien incurre en estas conductas es el responsable de la administración, manejo o control de dicha información, además se le impondrá hasta por tres años, la pena de inhabilitación para el ejercicio de profesión relacionada con sistemas de información procesada con equipos computacionales.
Artículo 269J: Transferencia no consentida de activos. El que, con ánimo de lucro y valiéndose de alguna manipulación informática o artificio semejante, consiga la transferencia no consentida de cualquier activo en perjuicio de un tercero, siempre que la conducta no constituya delito sancionado con pena más grave.


Artículo 269I: Hurto por medios informáticos y semejantes. El que, superando medidas de seguridad informáticas, realice la conducta señalada en el artículo 239 manipulando un sistema informático, una red de sistema electrónico, telemático u otro medio semejante, o suplantando a un usuario ante los sistemas de autenticación y de autorización establecidos.
Fuente:
https://www.mintic.gov.co/portal/inicio/3705:Ley-1273-de-2009

martes, 12 de mayo de 2020

LOS DELITOS INFORMÁTICOS. EN TIEMPO DE PANDEMIA

Fuente: En Tic Confío

“Miras tu celular y de repente te ha llegado una notificaciòn de un mensaje, pero antes necesitas, ingresar tu contraseña para abrir el chat. Miras el mensaje y respondes ‘hola’, te envìan un link donde dice que puedes ganar dinero gratis con solo fotos, navegas e ingresas tus datos personales y compartes el link a tus amigos. Abres el chat y de repente la conversaciòn que creías tener se ha borrado”.

¿Qué es un delito informático?
Son todas aquellas acciones delictivas, no indebidas que se desarrollan en internet o aquellas acciones que requieren el uso de medios o sistemas informáticos con el objetivo de: 
  • Engañar al usuario.
  • Crear colapsos en las redes.
  • Vender información.
  • Tipos de Delitos Informáticos 
Se subdividen en cuatro grupos 

 1. de confidencialidad y sistemas informáticos: Relacionado con el acceso ilícito a sistemas informáticos sin ninguna clave u autorizaciòn previa, interferencia en la ejecuciòn de un sistema informático y así mismo en la intercepciòn y filtraciòn de datos. 
  • Robo de datos bases de datos.
  • Uso de virus para daños en el funcionamiento de las computadoras.
  • Daños en las infraestructuras físicas que mantienen los sistemas informáticos.
2. Informáticos: Relacionado con la el fraude en sistemas informàticos, falsificaciòn, borrado, supresiòn de datos. 
  • Suplantaciòn y robo de la identidad privada.
  • Suplantaciòn de sitios web para robos de datos personales, bancarios.
  • Relacionado con el contenido- 
3. Producciòn , difuciòn y adquisiciòn de contenidos indebidos: son los que ocasiones daños en la vida privada de las personas. 
  • Difusión de contenidos obsceno y pornografìa infantil. 
  • Acusaciònes políticas. 
4. De propiedad intelectual y derecho de autor:Relacionado con la copia, piratería y distribuciòn de programas informáticos como... 
  • Software.
  • Uso de licencias. 

Técnicas más usadas para delitos informáticos 

Phishing: Es una de las técnicas más usadas dquirir informaciòn de las personas por medio de links y plagios de páginas web, engañar para luego vender la informaciòn , robo de dinero entre otros . 

Sexting: Compartir fotografías y videos sugestivos o sexualmente explícitos de uno mismo desde el teléfono celular o internet. 

Grooming: Cuando un adulto realiza ciertas acciones en línea para ganarse la confianza y establecer un vínculo emocional con un menor de edad, para luego abusar sexualmente de él. 

Ciberacoso: Cualquier agresión sicológica que se realiza mediante teléfonos celulares o internet para herir o intimidar a un individuo o entidad. Según la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y la Fundación Telefónica, 

El buen uso de los sistemas informàticos 
  • No compartir datos personales o familiares.
  • Navegar en sitios seguros proporcionados por las mismas empresas que manejan sus aplicaciones o páginas web.
  • Actualizar tu sistema constantemente.
  • No abrir correos de desconocidos.
  • ignorar peticiones de desconocidos.
  • Si algo extraño notas habla con tus padres o expertos...


Fuente:
https://co.pinterest.com/pin/761038037015590847/
https://teprotejo.org/

LAS REDES SOCIALES EN LA ACTUALIDAD.

En la actualidad las redes sociales nos sirven para comunicarnos en tiempo real con nuestros amigos y familiares de forma remota, así mismo expresar nuestras ideas, historias, informaciòn por medio de fotos, videos etc. Es un medio conformado por un conjunto de conexiones humanas que interactúan mediante preferencias y contenidos multimedia el cual nos permite difundir informaciòn en tiempo real. 

Usos actuales de las redes sociales 

Existen diferentes tipologías de redes sociales según el perfil, las intenciones de usos y la necesidad del usuario.

Sociales: Se basan en la creaciòn de relaciones con las demás personas por medio de contenidos multimedia(fotos, videos,audios,hipertexto). 

Ejemplos Aplicaiones: facebook, twitter, instagram 

Redes sociales de entretenimientoSe basan en la difusión de contenidos como videos, música y fotos, de igual forma el usuario consume los contenidos. Ejemplos de Aplicaciones: 

Youtube: Subida de videos y musica.

Pinterest: Publicaciòn de contenidos sobre tutoriales, libros, imágenes, ilustraciones , todo tipo de material creativo , que puedes compartir y guardar dichos contenidos por medio de tableros. 

Redes sociales laborales: Se centran en crear relaciones sociales de acuerdo a las habilidades propias de los usuarios.igualmente permite el impulsos de empresas y carreras. Ejemplos Aplicaciones 

Linkeding:Publicaciòn sobre tu perfil laboral donde comentas tus habilidades y así mismo, te relacionas con otros perfiles de acuerdo a tu estatus. 

Las redes sociales en la educaciòn: El uso de las redes sociales nos permite acceder a los contenidos de estudios que se quieren aprender de manera asincrónica, es decir en cualquier lugar y a cualquier hora ver el material de estudio, mediante las estrategias que desarrolle el docente o el administrador de los contenido, también  permite crear espacios de aprendizaje de manera colaborativa e interactiva. 
Usos: 
  • Publicaciones de trabajos por medio de videos (guias, tutoriales).
  • Actividades colaborativas.
  • Actividades evaluativas de manera interactiva donde el usuario comparte sus resultados. 
Buen uso de las redes sociales 

Así como las personas usan la redes sociales para la publicaciones de imágenes y videos sobre sus vidas privadas y crear sus lazos sociales,  hay que tener en cuenta la manera en como se publica la información y a quien se la enviamos.

Información con contenidos obscenos, información falsa, chats con desconocidos; de dichas acciones pueden surgir problemas como engaño social, suplantación de indentidad ,uso indebido de la informaciòn entre otros. Siempre que navegues en las redes sociales hazlo de manera atenta y segura. 

La regla fundamental, muy sencilla de formular, es tremendamente complicada de aplicar a lo largo de los años: jamás deberíamos crear un contenido, sea un tuit, una reflexión en nuestro muro de Facebook, un artículo en nuestro blog personal, una foto en Instagram o un vídeo en Youtube, que no estemos dispuestos a que lea o vea un seleccionador de personal, nuestros padres o un adversario político.

Fuente: 
https://www.rdstation.com/co/redes-sociales/
https://www.ingeniovirtual.com/wp-content/uploads/tipos-de-redes-sociales.jpg
https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgtBCIluqmJ45qTq0T9KG6tUXEF6G9Upsr8KYEKVOpZsCmp3VTNASzcRHA8PuKv0UzS2-brx8qbAUw358n2MXkeDqGAfQQd1jC8KqKAh5U86m8ceZfwPE3AGDtFyBMj5dUbVBMd6NzbuT0/s1600/arbol.png

martes, 1 de octubre de 2019

DESARROLLO SOSTENIBLE Vs SUSTENTABILIDAD

TE HAS PREGUNTADO  ¿CÓMO SERÁ LA SUPERVIVENCIA DE LA FUTURAS GENERACIONES?

El desarrollo sostenible es un concepto que aparece por primera vez en 1987 con la publicación del Informe Brundtland, que alertaba de las consecuencias medioambientales negativas del desarrollo económico y la globalización y trataba de buscar posibles soluciones a los problemas derivados de la industrialización y el crecimiento de la población. (Tomado de acciona.com)

En el siguiente enlace enlace encontrarás información ampliada del tema.


Para alcanzar los objetivos del Desarrollo sostenible, se requieren una serie de acciones desde lo Social, Ambiental y Económico, que garantice, la supervivencia  humana y su  futuro en el planeta; lo que es posible gracias a la práctica de la sustentabilidad.



A partir de la información presentada, elabora una infografía que represente la relación desarrollo sostenible Vs. Desarrollo sustentable

FUENTE: